
1. Objeto y finalidad del Régimen Disciplinario Militar
La Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, tiene por objeto garantizar la observancia de las Reales Ordenanzas y demás normas que rigen la institución militar, el cumplimiento de las órdenes del mando y el respeto al orden jerárquico, con pleno respeto a las garantías constitucionales del procedimiento sancionador.
2. Clasificación de las faltas disciplinarias y sus sanciones
Las faltas disciplinarias se clasifican en tres categorías taxativas (artículo 5), a las que corresponden sanciones específicas (artículo 11):
- Faltas Leves (Art. 6): Se sancionan con reprensión, privación de salida de uno a ocho días, sanción económica de uno a siete días, o arresto de uno a catorce días.
- Faltas Graves (Art. 7): Se sancionan con sanción económica de ocho a quince días, arresto de quince a treinta días, pérdida de destino, o baja en el Centro Docente Militar de Formación.
- Faltas Muy Graves (Art. 8): Se sancionan con arresto de treinta y uno a sesenta días, suspensión de empleo (de un mes a un año), separación del servicio, o resolución de compromiso.
3. Cuadro resumen de plazos de prescripción y cancelación
Uno de los apartados más preguntados en todos los exámenes oficiales de ascenso es la diferencia entre los plazos de prescripción de las faltas, de las sanciones y de la cancelación de las notas en la hoja de servicios:
- Prescripción de las faltas (Art. 21): Las faltas leves prescriben a los 2 meses; las graves a los 2 años; y las muy graves a los 3 años.
- Prescripción de las sanciones (Art. 22): Las sanciones por falta leve prescriben a los 3 meses; por falta grave a los 2 años; y por falta muy grave a los 3 años.
- Cancelación de anotaciones (Art. 64): Las notas de sanciones (salvo separación del servicio y resolución de compromiso) se cancelan de oficio o a instancia de parte una vez transcurridos 1 año (falta leve), 2 años (falta grave) o 4 años (falta muy grave) desde el cumplimiento de la sanción, siempre que durante ese tiempo no se haya impuesto ninguna pena o sanción disciplinaria.